Las provincias de la Región Centro presentaron un reclamo conjunto ante el Gobierno nacional para modificar la normativa que regula la exportación de trigo segregado. Advierten que el esquema vigente penaliza este tipo de operaciones y termina desalentando ventas externas con mayor valor agregado.
El gobierno de Santa Fe, junto con los de Córdoba y Entre Ríos, reclamó al gobierno nacional una actualización normativa que permita la exportación de trigo segregado, algo que hoy se torna inviable a raíz de una penalización impositiva.
Trigo segregado: el reclamo que busca destrabar exportaciones
En la tarde de este miércoles, el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, entregó en mano al secretario de Coordinación de la Producción de la Nación, Pablo Lavigne, una nota —que también lleva la firma de sus pares Sergio Busso y Guillermo Bernaudo— con el pedido urgente de cambios que permitan “la diferenciación del trigo pan segregado, acondicionado bajo estrictos parámetros de calidad, trazabilidad y homogeneidad, destinado a mercados específicos que no compran trigo commodity genérico”, indicaron en un comunicado.
El funcionario santafesino dijo que la idea es aplicar un modelo similar al de Canadá, donde la venta de trigo segregado es un puntal en la generación de divisas. “Argentina y Santa Fe cuentan con las condiciones técnicas para replicarlo; sin embargo, el marco normativo actual lo castiga en lugar de promoverlo”, anticipó Puccini.
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Desde la provincia indicaron que la iniciativa cuenta con el aval técnico de la Mesa Nacional del Trigo y de la Bolsa de Comercio de Rosario, y que permitiría “capturar entre un 15 % y un 20 % más de divisas por tonelada”.

Molino Matilde, el caso testigo que expone el problema
El planteo lleva como caso testigo el de Molino Matilde, empresa centenaria de Santa Fe, con mercados abiertos en el exterior para trigos especiales —además de harina— que hoy están en riesgo por las disposiciones nacionales.
En declaraciones a AIRE Agro, el director de la empresa, Juan Cruz Imohff, explicó cómo los perjudica la normativa vigente, al punto de que “hoy no te conviene ni siquiera salir a exportar, porque hoy lo haríamos directamente a pérdida”.
Primero indicó que todas las exportaciones se realizan sin pagar IVA, pero que, como el impuesto sí se pagó previamente en los insumos utilizados en el proceso de producción, existe un régimen de devolución por parte del Estado.
Al mismo tiempo, la reglamentación para la liquidación de divisas para los granos -pensada para evitar la especulación de los exportadores con la fluctuación del tipo de cambio- determina que debe realizarse en un plazo de 30 días (antes eran 15).
Esta condición, en el negocio de commodities, no implica mayores inconvenientes, pero sí en la venta de mercadería especial, como los trigos segregados por calidad. “El transit time que tenemos nosotros es de 30 a 35 días, y hasta que le llega a la planta al cliente son entre 40 y 45 días; y hasta que lo analiza pasa más tiempo… Es imposible que el pago sea a los 30 días de haberse embarcado”, detalló Imohff.
Cómo la normativa cambiaria y el IVA frenan las exportaciones
¿Cómo se relacionan la liquidación de divisas y la devolución de IVA? Cuando el exportador vende los dólares fuera de término, el Estado penaliza a la empresa bloqueando la devolución de IVA desde ARCA. “Te los bloquea porque te dice que tenés incumplimiento de divisa en el Banco Central”, sostuvo Imohff.
A partir de entonces, se genera de manera permanente una acumulación de ese IVA por compras o gastos internos “sin poder recuperarlo nunca”. Además, se genera en pesos y la inflación lo va licuando, “lo que hace que todos los meses, a su vez, también pierdas” por devaluación.
“Lo que nosotros estamos planteando es que ese trigo específico, que se verifica que tiene un precio superior al FOB oficial, sea considerado como un subproducto del trigo o un derivado del trigo, como es la harina, que tiene 180 días de plazo para el ingreso de divisas”, indicó el directivo. Agregó, incluso, que la penalización por el incumplimiento de liquidación por trigo también bloquea la devolución de IVA por exportación de harina, otro negocio clave para el molino.

Un negocio inviable con las reglas actuales
Imohff relató que en sucesivas reuniones con autoridades demostraron que, normalmente, un negocio de trigo segregado se cobra a los 90 días y que, de inmediato, se liquidan las divisas. Y que, en harinas, las ventas se cobran en 30 o 45 días, liquidándose de inmediato, pese a que ese producto cuenta con un plazo de 180 días. “Entonces, ¿qué es lo que también le decimos? Acá no hay una cuestión de especulación, sino que es netamente una cuestión de mercado”.
Al respecto, aseguró que, con las actuales condiciones, la exportación de estos productos se torna inviable. Se trata de operaciones de grandes volúmenes y márgenes reducidos, donde el negocio está más en la continuidad que en las operaciones puntuales.
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“No lo podemos seguir explotando y explorando (a este mercado) porque cada grano que ponemos nuevo en el exterior implica un 10 % de IVA del trigo que compramos que queda acumulado en una cuenta que no vamos a recuperar nunca”, indicó Imohff.
Por lo tanto, dijo, se termina “desvirtuando” el número y “hoy no te conviene ni siquiera salir a exportar, porque hoy lo haríamos directamente a pérdida. Es como que toda la ganancia, más una pérdida, quedaría en saldos acumulados de IVA”.
